ASAMBLEA LEGISLATIVA APRUEBA LA NUEVA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

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Recuerda que las marcas y signos distintivos son elementos esenciales en el comercio, ya que permiten reconocer el origen o la fuente de tus productos o servicios, comunicando tus atributos y valores intangibles, como prestigio, innovación, o tradición, lo que te brindará una identidad única frente a la competencia, promoviendo la lealtad de tus clientes y posicionando tu oferta como única. Protege tu propiedad intelectual registrando tus marcas y signos distintivos en el Registro de Comercio, y evita cualquier posible confusión en el mercado.

  1. La nueva Ley de Propiedad Intelectual, aprobada el pasado 8 de agosto de 2024, busca unificar lo dispuesto en la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley de Propiedad Intelectual, y el Reglamento de la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Intelectual, sustituyendo la normativa vigente que actualmente cuenta con más de 30 años de antigüedad, modernizándose en todos los aspectos.
  2. Entre los aspectos más importantes de la nueva ley está la creación del Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual (ISPI), una dependencia del Centro Nacional de Registros (CNR) que se encargará de promover y defender la propiedad intelectual, además de simplificar y digitalizar los trámites de inscripción de obras, patentes y signos distintivos. Esto incluye la automatización de los procesos y la reducción de los requisitos para la transferencia de derechos de propiedad intelectual.
  3. También establece importantes beneficios económicos. Otorga un 50% de descuento en los aranceles para la comunidad educativa, así como una exclusión total del pago para ciertos casos especiales. Del mismo modo, los micro y pequeños empresarios registrados ante CONAMYPE se beneficiarán con una reducción del 50% en los aranceles, y el sector cultural y artístico —músicos, artistas y escritores— recibirá un trato preferencial con estos mismos beneficios.
  4. La Ley también protege un amplio espectro de obras provenientes del intelecto humano, tales como: obras literarias, programas de ordenador, obras musicales con o sin letra, oratorias, obras dramáticas o dramático-musicales, obras coreográficas, cinematográficas, de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado y litografía, obras gráficas y tipográficas, fotografías, obras de artes aplicadas, ilustraciones, mapas geográficos, planos, croquis, y obras plásticas relativas a la geografía, la topografía, la arquitectura y las ciencias.

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